¿Tienes una empresa o eres autónomo con personal contratado y no sabes si debes cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (PRL)? En este artículo despejamos todas tus dudas: quién está obligado, qué dice la normativa actualizada para 2025 y qué consecuencias tiene ignorarla.

¿Qué dice la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales obliga a todas las empresas que cuenten con al menos una persona trabajadora por cuenta ajena a garantizar la seguridad y salud de sus empleados. Esta ley sigue plenamente vigente en 2025, con especial énfasis en el cumplimiento por parte de pequeñas empresas y autónomos.

¿Qué incluye un plan de prevención?

Cumplir con la PRL no es solo cuestión de tener un documento. Implica una serie de acciones concretas:

  • Evaluación de riesgos en cada puesto de trabajo
  • Planificación preventiva y medidas correctoras
  • Formación e información específica para los trabajadores
  • Reconocimientos médicos periódicos
  • Implantación de medidas de emergencia y evacuación
  • Organización preventiva (servicio propio, ajeno o mixto)

¿Quiénes están obligados?

  1. Empresas con trabajadores por cuenta ajena
    Si tienes personal contratado en régimen general, estás obligado por ley, sin importar el número de empleados.
  2. Autónomos con trabajadores a su cargo
    Aunque seas trabajador por cuenta propia, si tienes al menos una persona contratada, debes cumplir con todas las obligaciones de PRL.
  3. Pymes y microempresas
    No importa si tienes solo 1 o 2 empleados. El tamaño no exime del cumplimiento.

¿Quiénes están excluidos?

Quedan fuera de esta obligación:

  • Autónomos sin trabajadores contratados
  • Comunidades de bienes sin personal
  • Asociaciones, clubes o fundaciones sin asalariados

¡Ojo! Aunque no sea obligatorio, en algunos casos se recomienda aplicar medidas mínimas para evitar posibles responsabilidades civiles o penales.

¿Qué pasa si no cumples?

Las sanciones por incumplimiento de la PRL son muy elevadas y varían según la gravedad de la infracción:

  • Leves: desde 40 € hasta 2.450 €
  • Graves: desde 2.451 € hasta 49.180 €
  • Muy graves: desde 49.181 € hasta 819.780 €

Además, en caso de accidente, podrías enfrentarte a:

  • Recargo de prestaciones (de hasta un 50%)
  • Responsabilidad civil o penal
  • Inhabilitación o pérdida de contratos públicos

Entonces… ¿estás cumpliendo con la ley?

Si tienes personas contratadas, sí estás obligado a implementar un plan de prevención de riesgos laborales. No cumplir puede salir muy caro, tanto a nivel económico como legal.

¿Y si no sabes por dónde empezar?

En muchos casos, puedes contar con asesoramiento gratuito o contratar un servicio de prevención ajeno que te ayude a cumplir con la normativa sin complicaciones.

Recuerda: Cumplir con la PRL no solo evita sanciones, también protege a tu equipo, reduce bajas y mejora el clima laboral.