Extremadura resuelve la concesión de ayudas para retirar amianto e instalar medidas frente a caídas en altura
La Junta de Extremadura ha publicado la Resolución de 30 de abril de 2026 por la que se concede la convocatoria de subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras con amianto y a la instalación de medidas de protección frente a caídas de altura en centros de trabajo de la comunidad autónoma.
Se trata de una línea de ayudas especialmente relevante para mejorar la seguridad laboral en empresas extremeñas, tanto por la eliminación de un material peligroso como el amianto como por la prevención de accidentes graves asociados a los trabajos en cubierta.
¿Qué finalidad tienen estas ayudas?
La resolución recuerda que estas subvenciones tienen un doble objetivo:
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- Proteger a las personas trabajadoras expuestas al amianto en sus centros de trabajo.
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- Reducir la siniestralidad laboral por caídas de altura mediante la instalación de sistemas de protección permanentes.
Para ello, la convocatoria incluía dos líneas de actuación:
Línea 1: retirada de cubiertas con amianto
Subvenciona la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto, siempre que los trabajos sean realizados por una empresa especializada inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA).
Línea 2: instalación de medidas de protección frente a caídas
Incluye la instalación de líneas de vida permanentes en cubiertas para trabajos de mantenimiento, con el fin de mejorar la seguridad en altura.
Importe total concedido
La resolución aprueba la concesión de subvenciones por un importe total de 97.510,35 euros, con cargo a fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta cuantía se destina a los solicitantes que, tras el proceso de valoración en régimen de concurrencia competitiva, han obtenido subvención por cumplir los requisitos establecidos y alcanzar una puntuación suficiente dentro del crédito disponible.
Beneficiarios y actuaciones subvencionadas
En el anexo I de la resolución se recogen las entidades beneficiarias, el tipo de ayuda concedida, la cuantía y la puntuación obtenida. Entre las empresas beneficiarias figuran actuaciones tanto de retirada de amianto como de instalación de líneas de vida.
Entre los expedientes concedidos destacan:
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- Extremeña de Congelados y Helados EXCOHE SL, para retirada de amianto.
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- Jamón y Salud, S.A., para instalación de líneas de vida.
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- Faramax Trafo S.L., para instalación de líneas de vida.
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- Pretensados Extremadura, S.L., para retirada de amianto.
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- Way to Play S.L., Foncal Villanovense S.L., Daryma, S.L., Hierros Talayuela S.L., Finca Las Cañas, S.L.U. y S. Coop. Comarcal La Siberia Extremeña, entre otras, para actuaciones de retirada de amianto.
La resolución también muestra que en algunos casos se han aplicado minoraciones sobre el importe solicitado, por ejemplo por incluir conceptos no subvencionables o por incorporar el IVA en el presupuesto presentado.
Solicitudes no beneficiarias, denegadas y desistidas
La publicación distingue además entre varios supuestos:
Solicitudes no beneficiarias por insuficiencia de crédito
Algunas solicitudes, aun siendo subvencionables y alcanzando la puntuación mínima exigida, no obtienen ayuda por falta de crédito disponible, al aplicarse el orden de prelación propio del procedimiento de concurrencia competitiva.
Solicitudes denegadas
También se incluyen expedientes denegados por no cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria, principalmente los vinculados al cumplimiento de las condiciones exigidas en los resuelvos tercero y cuarto.
Solicitudes desistidas
Por último, la resolución declara el desistimiento de dos expedientes concretos.
Obligaciones para las entidades beneficiarias
Las empresas beneficiarias deberán cumplir una serie de obligaciones, entre ellas:
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- Ejecutar la actuación subvencionada.
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- Justificar correctamente la inversión.
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- Comunicar cualquier modificación relevante del proyecto.
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- Someterse a controles y verificaciones.
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- Mantener la documentación justificativa.
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- Aplicar las medidas de información y publicidad exigidas.
Además, la resolución recuerda que las ayudas quedan sujetas al régimen de mínimis y que el incumplimiento de las condiciones puede dar lugar a la pérdida de la subvención y al reintegro de las cantidades percibidas.
Plazo de justificación
Uno de los aspectos más importantes para las entidades beneficiarias es el plazo de justificación. La resolución establece que disponen de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOE para presentar la documentación justificativa de la actividad subvencionada.
Si no se presenta esa justificación en plazo, podrá iniciarse el procedimiento de pérdida del derecho al cobro de la ayuda.
Una medida que refuerza la prevención real en las empresas
Esta resolución supone un paso importante para seguir avanzando en la mejora de la seguridad y salud laboral en Extremadura. La retirada de amianto y la protección frente a caídas en altura son dos actuaciones de alto impacto preventivo, especialmente en sectores donde las cubiertas y las instalaciones antiguas siguen representando un riesgo importante.
Más allá de la ayuda económica, esta convocatoria pone el foco en una idea fundamental: invertir en prevención es proteger la salud de las personas trabajadoras y reducir riesgos que pueden tener consecuencias graves o irreversibles.