La actividad minera constituye una de las profesiones más arriesgadas que existen, lo cual exige de todas las partes involucradas: Administraciones Públicas, empresas y trabajadores; la mayor atención y esfuerzos para lograr controlar los riesgos que puedan aparecer, en el sentido de que se conozcan perfectamente las causas que lo provocan, y sea posible que la actividad se desarrolle con las máximas garantías de prevención.
El riesgo es un elemento intrínseco asociado a la actividad minera, pues son muchos los factores de peligrosidad ligados a esta actividad, tanto por el tipo y métodos de trabajo, como por su desarrollo.
Por ello, se ha publicado en el BOE nº 66, del día 18 de marzo, la Orden ITC/676/2009, de 12 de marzo, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería sostenible. La presente orden mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013.
Constituye el objeto de esta orden, la regulación de las bases para la concesión de las ayudas para la promoción de la seguridad y la erradicación de la siniestralidad en la actividad minera.
Podrán ser objeto de ayuda los proyectos que se realicen en el territorio nacional, en el ámbito de la minería y que estén dirigidos a las áreas de:
- Proyectos de inversiones materiales en seguridad en explotaciones y establecimientos de beneficio.
- Actuaciones de formación.
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