Las mencionadas ayudas subvencionan actuaciones tales como:
- Inversiones que mejoren la seguridad en las explotaciones, instalaciones o equipamientos.
- Inversiones encaminadas a la prevención de enfermedades profesionales, relacionadas con el polvo, el ruido o las vibraciones.
- La adquisición de equipos, maquinaria y tecnologías nuevos para mejorar las condiciones de salud y seguridad minera en las explotaciones mineras.
- Y la señalización de los lugares de trabajo.
Estas ayudas otorgadas mediante la orden de 27 de mayo publicada en el DOE nº 107 de 5 de junio de 2009, se encuentran cofinanciadas por la Junta de Extremadura y la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
El plazo para la presentación de las solicitudes es de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura.
Las actuaciones subvencionables, de conformidad con el artículo 2 del Decreto 178/2008, de 29 de agosto, serán aquellas que se ejecuten dentro del ejercicio presupuestario 2009, debiendo quedar concluidas antes del 31 de octubre y comunicarse antes de la finalización de dicho plazo a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.
Las ayudas a otorgar mediante la presente convocatoria están sujetas al régimen de mínimis, conforme al Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión Europea, de 15 de diciembre, por lo que la cuantía de las ayudas acogidas a este régimen no podrá superar la cantidad de 200.000 euros por beneficiario en un periodo de tres ejercicios fiscales.