La finalidad pretendida se consigue mediante la integración del trámite de la comunicación de apertura a presentar por el contratista ante la autoridad laboral de acuerdo con el artículo 19 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, con el de aviso previo que había de presentar el promotor ante la misma autoridad laboral. Ello exige incorporar a la comunicación de apertura de centro de trabajo en los casos de obras de construcción los datos del antiguo aviso previo para evitar que se pierda información fundamental para el ejercicio de la actividad de control e inspección en materia de seguridad y salud laboral por parte de las autoridades laborales.
Plazos de presentación y datos de la comunicación.
- La comunicación de apertura de un centro de trabajo o de reanudación de actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia, se cumplimentará por el empresario, previamente, o dentro de los treinta días siguientes al hecho que la motiva, conforme a la parte A del modelo oficial que se adjunta como anexo a la Orden TIN/1071/2010 y que contendrá los datos e informaciones siguientes:
a) Datos de la empresa:
- Nombre o razón social, domicilio, municipio, provincia, código postal, teléfono y dirección de correo electrónico.
- Identificación, documento nacional de identidad o código de identificación fiscal, y si se trata de extranjero, asilado o refugiado, pasaporte o documento sustitutivo.
- Expresión de si la empresa es de nueva creación o ya existente.
- Actividad económica.
- Entidad gestora o colaboradora de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (mutua).
b) Datos del centro de trabajo:
- Nombre, domicilio, municipio, provincia, código postal y teléfono. Para la exacta localización del centro deberá concretarse su ubicación de forma clara y precisa.
- Número de inscripción en la seguridad social, clase de centro, causa que ha motivado la comunicación y fecha de comienzo de la actividad.
- Actividad económica.
- Número total de trabajadores de la empresa ocupados en el centro de trabajo, distribuidos por sexo.
- Superficie construída en metros cuadrados.
- Modalidad de la organización preventiva (si se tiene servicio de prevención de riesgos laborales ajeno, propio, mancomunado…).
c) Datos de producción y/o almacenamiento del centro de trabajo:
- Potencia instalada (kw o cv).
- Especificación de la maquinaria y aparatos instalados.
- Si realiza trabajos o actividades incluidos en el anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como, en su caso, la especificación de trabajo, actividades, operaciones o agentes incluidos en dicho anexo.
- En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, la comunicación de apertura del centro de trabajo deberá ser previa al comienzo de los trabajos, deberá exponerse en la obra en lugar visible, se mantendrá permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios no identificados inicialmente y se efectuará únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas conforme al indicado real decreto.
A tal efecto el promotor deberá facilitar a los contratistas los datos que sean necesarios para el cumplimiento de dicha obligación. La comunicación se cumplimentará según el modelo oficial que figura en el anexo (partes A y B) de la Orden TIN/1071/2010, y contendrá los siguientes datos e informaciones:
- Número de Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) según el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, que desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
- Número del expediente de la primera comunicación de apertura, en los supuestos de actualización de la misma.
- Tipo de obra.
- Dirección de la obra.
- Fecha prevista para el comienzo de la obra.
- Duración prevista de los trabajos en la obra.
- Duración prevista de los trabajos en la obra del contratista.
- Número máximo estimado de trabajadores en toda la obra.
- Número previsto de subcontratistas y trabajadores autónomos en la obra dependientes del contratista.
- Especificación de los trabajos del anexo II del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, que, en su caso, se vayan a realizar por el contratista.
- Datos del promotor: Nombre/razón social, número del Documento de Identificación Fiscal, domicilio, localidad y código postal.
- Datos del proyectista: Nombre y apellidos, número del Documento de Identificación Fiscal, domicilio, localidad y código postal.
- Datos del coordinador de seguridad y salud en fase de elaboración del proyecto: Nombre y apellidos, número del Documento de Identificación Fiscal, domicilio, localidad y código postal.
- Datos del coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución de la obra: Nombre y apellidos, número del Documento de Identificación Fiscal, domicilio, localidad y código postal.
Junto a dicho modelo deberá adjuntarse el Plan de seguridad y salud cuando el mismo sea exigible conforme al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, acompañado de su correspondiente aprobación, conforme al artículo 7 de dicho real decreto. Si no fuera exigible el plan de seguridad y salud, se acompañará de la correspondiente evaluación de riesgos.
Actualización de la comunicación de apertura en las obras de construcción.
- Las comunicaciones de apertura referidas a obras de construcción efectuadas entre el 24 de marzo de 2010 y la fecha de entrada en vigor de esta orden deberán ser actualizadas conforme al modelo oficial establecido en el anexo de la Orden TIN/1071/2010, antes del 15 de junio de 2010.
- Los contratistas en obras de construcción, que en la fecha de entrada en vigor de esta orden, realizaran trabajos en obras que tuvieran asignado número de aviso previo conforme al derogado artículo 18 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sólo deberán cumplimentar el modelo oficial del anexo cuando deban comunicar alguna variación con el fin de mantener actualizada la comunicación de apertura, de acuerdo con el artículo 2.2, consignando el número de aviso previo de la obra en la casilla correspondiente al número de expediente.
Entrada en vigor.
- Para las comunicaciones de apertura de un centro de trabajo o de reanudación de actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia, la presente orden entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», el día 1 de mayo de 2010.
- Para las comunicaciones de apertura que deban realizarse en las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, la presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», el día 1 de mayo de 2010.
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