El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, INSST, ha publicado el documento de los Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España, recoge los valores adoptados por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para el año 2021 y que han sido aprobados por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Se han incorporado los agentes químicos de la quinta lista de Valores Límite de exposición profesional indicativos de la directiva de la Comisión Europea 2019/1831, con ello se consolida la transposición de la misma al ordenamiento jurídico-laboral español.
Podéis consultar el documento íntegro de Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España 2021 pinchando aquí.
Las actualizaciones y modificaciones de esta edición afectan a 27 agentes químicos.
VALORES LÍMITE AMBIENTALES
Se han adoptado, e incluido en la Tabla 1 de documento, los VLA de los siguientes agentes químicos:
- Aluminio (fracción respirable) 1,3-butadieno.
- Cloruro de vinilo.
- Compuestos de cromo (VI).
- Compuestos de aluminio insolubles (fracción respirable).
- Dibromuro de etileno.
- Dicloruro de etileno.
- Dietanolamina.
- Fibras cerámicas refractarias y fibras para usos especiales.
- Maderas blandas, polvo.
- Maderas duras, polvo.
- 4,4´- metilendianilina.
- Óxido de propileno.
- o-Toluidina.
- Yodo y yoduros.
Se han incorporado las modificaciones de VLA establecidas en el RD 1154/2020 que modifica el RD 665/1997.
Se han incluido en la Tabla 2 del documento, los VLA de los siguientes agentes químicos:
- Acetatos de butilo.
- Alcohol isoamílico.
- Anilina.
- Cloruro de metilo.
- Compuestos de cromo (VI)..
- Cumeno.
- Emisiones de motores diésel.
- Maderas blandas, polvo.
- Maderas duras, polvo.
- 4,4’ – metilenbis (2-cloroanilina).
- Oxicloruro de fósforo p-Toluidina.
- Trimetilamina
En la tabla 2 se propone retirar el valor límite de los siguientes agentes químicos por insuficiencia de datos que los justifiquen:
- Aluminio: alquilo, como Al.
- Aluminio: sales solubles, como Al.
Se han incluido las modificaciones publicadas en el Reglamento (EU) 2018/1480 y el Reglamento Delegado (UE) 2020/217 que modifican, a efectos de su adaptación al progreso técnico y científico, el Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y que corrige dicho reglamento.
Fuente: www.insst.es