El capítulo VII del documento «INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA» una vez simplificado se presenta (para ver el documento sin simplificar dejar el cursor sobre el párrafo a visualizar):
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ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE EMERGENCIA
El empresario debe adoptar las medidas necesarias para poder reaccionar eficazmente frente a una situación de emergencia.
El servicio de prevención debe evaluar las posibles situaciones de emergencia (incluidas las que puedan suponer un riesgo grave e inminente), proponer las medidas a adoptar frente a las mismas y colaborar en su ejecución.
- El empresario debe velar para que:
- El servicio de prevención desarrolle las actividades indicadas en el punto 3 siguiente (actuando, respecto a la propuesta de planificación, según lo dispuesto en el apartado 5.4 de estas directrices).
- Las distintas unidades de la empresa asuman las funciones que tengan asignadas en relación con las emergencias (establecidas en el plan de prevención) y actúen en tales casos conforme a lo planificado para actuar frente a situaciones de emergencia.
- El empresario, con el asesoramiento y apoyo del servicio de prevención, en el caso de situaciones de riesgo grave e inminente, debe:
- Adoptar las medidas y dar las instrucciones precisas para que, de producirse tal situación, los trabajadores afectados puedan interrumpir su actividad y, si es necesario, actuar para protegerse a sí mismos o a terceros y/o abandonar de inmediato el lugar de trabajo.
- Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados de que se ha producido dicha situación y de las medidas adoptadas o que, en su caso, deben adoptarse.
- Son funciones del servicio de prevención:
- Identificar, al evaluar los riesgos, las posibles situaciones de emergencia.
- Analizar las condiciones de los lugares e instalaciones, teniendo en cuenta el tipo de emergencia y la normativa aplicable, y determinar, en su caso, las medidas de acondicionamiento necesarias.
- Planificar las actuaciones frente a emergencias, que propondrá al empresario, donde se especifiquen las actividades a desarrollar en tales situaciones y el personal encargado de realizarlas.
- Incluir, en la propuesta de planificación de las actividades preventivas, las medidas de acondicionamiento de los lugares e instalaciones, así como las necesarias para implantar (medios, formación e información del personal interviniente) y controlar (comprobaciones periódicas o simulacros) las actuaciones frente a situaciones de emergencia.
Este artículo es la continuación de I, II, III, IV y V, y tendrá futuras entregas.
Recordamos que este artículo no es más que una simplificación del documento elaborado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo -INSHT-.