Cabe señalar que el ruido no es un problema específicamente laboral, ya que afecta a la mayoría de la población, especialmente en las áreas urbanas, pero se trata de un problema que en el trabajo en ocasiones alcanza niveles demasiado altos.
El ruido es uno de los riesgos laborales más extendido y menos considerado. Alrededor de un 30% de los trabajadores están expuestos a ruidos que superan los 85 decibelios. Según la V Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo, un 38,9% de los trabajadores asegura que en su puesto de trabajo existe un ruido molesto, elevado o muy elevado.
El ruido puede ser molesto y perjudicar la capacidad de trabajar al ocasionar tensión y perturbar la concentración. El ruido puede ocasionar accidentes al dificultar las comunicaciones y señales de alarma. También puede provocar problemas de salud crónicos, e incluso hacer que se pierda el sentido del oído. La pérdida del sentido del oído a causa de la exposición a ruidos en el lugar de trabajo es una de las enfermedades profesionales más corrientes.
La exposición breve a un ruido excesivo puede ocasionar pérdida temporal de la audición, que dure de unos pocos segundos a unos cuantos días. La exposición al ruido durante un largo período de tiempo puede provocar una pérdida permanente de audición.
Hay que destacar que la exposición a ruidos en el lugar de trabajo se puede combatir. La finalidad del control del ruido laboral es eliminar o reducir el ruido en la fuente que lo produce.
Las enfermedades relacionadas con la audición son de las más costosas para las empresas, y ya que como hemos dicho resulta posible disminuir el ruido en el trabajo, el empresario debe preocuparse por este tema. Para evitar este tipo de enfermedades es necesario prevenir y eliminar cualquier situación de riesgo. Estas enfermedades son muy costosas debido a las indemnizaciones y costes indirectos por Incapacidad Temporal que conllevan.
¿Qué es el ruido?
Normalmente el sonido es una sensación agradable, siempre que se mantenga en niveles normales y no se convierta en una molestia.
El ruido podríamos decir que es el sonido que representa un riesgo laboral para la salud, provocando una sensación irritante y desagradable. Lo podríamos definir como:
Contaminante físico que consiste en una mezcla compleja de sonidos de frecuencias diferentes, que produce una sensación auditiva considerada molesta o incómoda y que con el paso del tiempo y por efecto de su reiteración, puede ser perjudicial para la salud de las personas.
La intensidad del ruido se mide en decibelios (dB). La escala de decibelios es logarítmica, por lo que un aumento de tres decibelios en el nivel de sonido ya representa una duplicación de la intensidad del ruido. No es sólo la intensidad la que determina si el ruido es peligroso; también es muy importante la duración de la exposición. Para tener en cuenta este aspecto se utilizan niveles ponderados de exposición; en los lugares de trabajo se suele tomar como referencia la jornada de trabajo de ocho horas.
Tipos de Ruidos.
- Ruido continuo o constante. El ruido continúo o constante es aquel ruido cuya intensidad permanece constante o presenta pequeñas fluctuaciones (menores a 5 dB) a lo largo del tiempo. Una cosa bastante importante es que el ruido es homogéneo y superficial es un sinónimo a sonido.
- Ruido fluctuante El ruido fluctuante es aquel ruido cuya intensidad fluctúa (varia) a lo largo del tiempo. Las fluctuaciones pueden ser periódicas o aleatorias.
- Ruido impulsivo El ruido impulsivo es aquel ruido cuya intensidad aumenta bruscamente durante un impulso. La duración de este impulso es breve, en comparación con el tiempo que transcurre entre un impulso y otro. Suele ser bastante más molesto que el ruido continuo.
Marco normativo.
La protección contra el ruido estaba ya contemplada en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo de 1971. Un logro importante en la prevención de los riesgos del ruido en el lugar de trabajo se produjo con la promulgación del Real Decreto 1316/1989 que traspuso a la legislación española la Directiva 86/188CEE. Posteriormente la Unión Europea aprobó en 2003 una nueva directiva sobre la exposición de los trabajadores al ruido, la Directiva 2003/10/CE.
Finalmente en 2006 aparece el Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, el cual, deroga el Real Decreto 1316/1989 y se transpone al derecho español la Directiva 2003/10/CE.
Las principales diferencias con la anterior Directiva son:
- Ofrece una mayor protección a los trabajadores en todos los sectores de la economía.
- Reduce el valor límite de exposición de 90dB a 87dB.
Grupos de riesgo.
Cualquier persona expuesta al ruido pertenece a un grupo de riesgo. Cuanto más alto sea el nivel de ruido y la duración de la exposición, mayor el riesgo de sufrir daños. En la industria manufacturera y la minería, un 40% de los trabajadores están expuestos a importantes niveles de ruido durante más de la mitad de su jornada laboral. En la construcción, este porcentaje es del 35%, y en muchos otros sectores, como la agricultura, el transporte y las comunicaciones, se sitúa en un 20%.
El ruido no sólo es un problema en la industria manufacturera y otros sectores tradicionales, sino también en sectores de servicios como, la educación y la atención sanitaria, además de bares y restaurantes.
El nivel de riesgo depende de los siguientes factores:
- Tiempo de exposición: cuanto mayor es, más grave el riesgo.
- Tipo de ruido.
- Distancia de la fuente emisora: cuanto menor es, mayor es el riesgo.
- Sensibilidad individual: varía con la edad y la resistencia física de cada persona.
- Oído dañado: daños previos en el oído, como inflamaciones, infecciones, etc.
Los efectos en la salud de la exposición al ruido.
La consecuencia clara de una excesiva exposición al ruido es la lesión en el oído interno y, derivado de ella la pérdida de audición y la dificultad de comprensión del lenguaje.
Pérdida temporal de audición.
En lugares de trabajo ruidosos las personas suelen notar que no pueden oír bien y que le zumban los oídos. Este problema suele no tomarse en cuenta ya que el zumbido y la sensación de sordera desaparece al cabo de poco tiempo de alejarse del ruido.
Cuánto más tiempo se esté expuesto al ruido, más tiempo tarda el sentido del oído en volver a la normalidad.
Pérdida permanente de audición.
Después de una exposición continua y prolongada en el tiempo a ruidos excesivos los oídos no se recuperan y la pérdida de audición pasa a ser permanente.
Las pruebas de audición realizadas por un profesional de la salud son la única manera de saber si un trabajador padece realmente pérdida de audición.
Otros efectos.
Según la OIT, además de la pérdida de audición, la exposición al ruido en el lugar de trabajo puede provocar otros problemas:
- La exposición al ruido durante mucho tiempo disminuye la coordinación y la concentración, lo cual aumenta la posibilidad de que se produzcan accidentes.
- El ruido aumenta la tensión, lo cual puede dar lugar a distintos problemas de salud, entre ellos trastornos cardíacos, estomacales y nerviosos.
- Los trabajadores expuestos al ruido pueden padecer nerviosismo, insomnio y fatiga.
- La exposición excesiva al ruido puede disminuir además la productividad y ocasionar porcentajes elevados de absentismo
Evaluación y medición del ruido.
La evaluación del riesgo al que esta expuesto un trabajador en un puesto de trabajo con un nivel alto de ruido, consiste en valorar este nivel mediante las mediciones necesarias, y comparar los resultados con los criterios de exposición legalmente establecidos, para determinar las diferentes actuaciones, dependiendo de los valores obtenidos.
Los aparatos de medida más usados para medir la intensidad sonora son:
- El sonómetro: este aparato hace una ponderación en el tiempo de los distintos niveles de ruido y mide la energía sonora recibida por el trabajador en un tiempo determinado
- El dosímetro personal: que es un sonómetro en miniatura que mide la exposición en porcentaje respecto a la dosis máxima considerada admisible. Refleja con exactitud la exposición real.
¿Cómo controlar el ruido?
Los riesgos derivados de la exposición al ruido deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible, teniendo en cuenta los avances técnicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en su origen.
La reducción de estos riesgos se basará en los principios generales de prevención establecidos en el artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y tendrá en consideración especialmente:
a) otros métodos de trabajo que reduzcan la necesidad de exponerse al ruido;
b) la elección de equipos de trabajo adecuados que generen el menor nivel posible de ruido, habida cuenta del trabajo al que están destinados, incluida la posibilidad de proporcionar a los trabajadores equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en la normativa sobre comercialización de dichos equipos cuyo objetivo o resultado sea limitar la exposición al ruido; c)la concepción y disposición de los lugares y puestos de trabajo;
d) la información y formación adecuadas para enseñar a los trabajadores a utilizar correctamente el equipo de trabajo con vistas a reducir al mínimo su exposición al ruido;
e) la reducción técnica del ruido:
- reducción del ruido aéreo, por ejemplo, por medio de pantallas, cerramientos, recubrimientos con material acústicamente absorbente;
- reducción del ruido transmitido por cuerpos sólidos, por ejemplo mediante amortiguamiento o aislamiento;
f) programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo, del lugar de trabajo y de los puestos de trabajo;
g) la reducción del ruido mediante la organización del trabajo:
- limitación de la duración e intensidad de la exposición;
- ordenación adecuada del tiempo de trabajo.
Obligaciones de los empresarios.
La ley obliga a los empresarios a proteger la salud y la seguridad de sus trabajadores contra todos los riesgos laborales relacionados con el ruido. El empresario está obligado a:
- realizar una evaluación de riesgos, que puede conllevar la realización de mediciones de ruido, sin descuidar todos los riesgos potenciales (por ejemplo, accidentes o pérdida de audición);
- adoptar, tras la evaluación de riesgos, un programa de medidas destinado a:
- eliminar en la medida de lo posible las fuentes de ruido,
- controlar el ruido en su origen,
- reducir la exposición de los trabajadores al ruido mediante medidas de organización del trabajo y de diseño del lugar de trabajo, incluidas la señalización y la limitación del acceso a las zonas de trabajo en las que los trabajadores pueden estar expuestos a niveles de ruido superiores a 85 dB.
- poner, como último recurso, equipos de protección personal a disposición de los trabajadores.
- informar, consultar y formar a los trabajadores en relación con los riesgos que corren, las medidas para trabajar con poco ruido y la forma de utilizar los dispositivos de protección acústica;
- controlar los riesgos y revisar las medidas preventivas, lo que puede incluir una vigilancia sanitaria.
Fuente: Dpto. de Prevención CEN.