La norma permite que el empresario ejerza de responsable de prevención y seguridad laboral en las empresas de menos de diez trabajadores. El portal Prevencion10.es ayuda al empresario a realizar esta actividad, aunque por el momento sólo está desarrollado para oficinas, peluquerías, floristerías y tintorerías.
Si el empresario asume la prevención de su empresa, puede prescindir de contratarla, pero sí que ha de contratar con una empresa externa a la suya otro tipo de actividades que han de realizar personas especializadas y que son obligatorias por la ley. Se habla de:
- Vigilancia de la Salud de los trabajadores, por medio de reconocientos médicos periódicos.
- La formación e información a los trabajadores en materia de riesgos laborales y referente al puesto de trabajo que desarrollen.
- La realización de medidas en materia de higiene, como puede ser la intensidad lumínica, el nivel de ruido o las vibraciones.
- Evaluaciones ergonómicas, como puede ser la evaluación postural en la manipulación manual de cargas o en la utilización de las pantallas de visualización de datos.
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