Estas sentencias crean jurisprudencia y al mismo tiempo obligan al empresario a evitar el Acoso Laboral o Mobbing en el seno de su empresa, poniendo las medidas preventivas necesarias para evitar situaciones conflictivas que puedan derivar en mobbing.
¿Qué es el mobbing?
El término Mobbing, se conoce en castellano como acoso psicológico en el trabajo, hostigamiento laboral o psicoterror, y consiste en una sucesión de episodios de maltrato psicológico en el ambiente laboral por parte de una persona (habitualmente un superior jerárquico) o varias, durante un periodo continuado (varios meses).
En la mayoría de los casos de mobbing, todo comienza repentinamente con un cambio brusco en la relación entre el acosador y la persona que a partir de entonces se va a convertir en el objeto de su acoso. La relación, que hasta entonces ha podido ser neutra o incluso positiva, se torna negativa. Ello produce la confusión de la víctima que se interroga una y otra vez acerca del porqué de sus problemas con el acosador, y se analiza tendiendo a encontrar en ella misma la causa del acoso desarrollando sentimientos de culpabilidad y vergüenza.
El superior utiliza entonces amenazas, insultos, vejaciones en público o en privado, y se prevale de su autoridad jerárquica para aislar a la víctima o dejarla sin trabajo que realizar, o darle trabajos imposibles o fuertemente estresantes, o monitorizar y controlar de manera malintencionada y perversa el trabajo de la víctima para pillarla en algún «renuncio». Todo ello pretende minar la esfera psicológica de la persona, que se encuentra sin ni siquiera la capacidad de expresarse o comunicar francamente con sus superiores o compañeros.
Los expertos tienen registradas hasta 45 formas distintas de ejercer el hostigamiento: desde no hablar a la víctima (se la hace “invisible”), no adjudicarle trabajo o darle más del que puede realizar, hasta ridiculizar su aspecto o hacer circular calumnias sobre su vida privada. Para que sea efectivo, se requiere:
- Los ataques se producen en privado o ante “testigos mudos”.
- La víctima desarrolla un sentido de culpabilidad a fuerza de ser atacada en su quehacer diario, que es el origen de las somatizaciones: insomnio, ansiedad, alteraciones fisiológicas, etc.
- Nadie quiere declarar a favor de la víctima por miedo a ser objetivos futuros. El acosado se encuentra en una situación de abandono que lo aboca a tomar bajas laborales cada vez más continuadas.
Medidas preventivas contra el acoso laboral o moobing.
Las actividades preventivas deben estar encaminadas a evitar en la medida de lo posible la aparición de conflictos y, lo que es más importante, su estigmatización. Esto se consigue a través de una adecuada organización del trabajo y de la puesta en práctica de los instrumentos necesarios para prevenir, regular y, en su caso, sancionar problemas interpersonales.
Puede resultar interesante en este sentido articular mecanismos de presentación, acogida e integración de las personas recién incorporadas a la empresa, sin olvidar la consideración de la cultura de la empresa en la selección de personal.
Existen multitud de medidas que a nivel práctico, han demostrado ser efectivas en estas situaciones, aunque en el ámbito científico todavía no hay investigaciones disponibles que lo demuestren. Estas acciones se centran en:
- Incorporar a la evaluación de riesgos psicosociales la detección del mobbing.
- Acordar protocolos de prevención en la empresa y establecer canales de detección y actuación.
- Por medio de medidas organizativas, modificar el proceso de producción, aumentando la participación de los trabajadores, disminuyendo las demandas y ampliando las posibilidades de control de la tarea, revisando los objetivos, reconocimientos, salario adecuado y el sistema de primas, etc. Se trata en definitiva, de disminuir la presión excesiva y evitar situaciones de estrés que con frecuencia suelen ocasionar este tipo de conductas.
- Prestar apoyo y atención médica y psicológica a la personal acosada, siempre claro está con el consentimiento del afectado y a través de profesionales.
- Establecer medidas preventivas en cuanto a los modos de conducta en la empresa, para evitar la repetición de esas situaciones. Es preciso formar a los mandos de todos los niveles en la gestión de conflictos y habilidades de trabajo en equipo. Además debe fomentarse un entorno psicosocial general adecuado con exigencias razonables, estableciendo en la empresa una política preventiva para evitar que los conflictos avancen a situaciones de riesgos.
- Aplicación de medidas disciplinarias como el despido o el traslado del agresor.
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