Así se fundamenta el desarrollo del "DECRETO 37/2016, de 15 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.", donde podemos encontrar las siguientes diferencia fundamentales con el decreto anterior (Decreto 257/2014):
Se elevan a 50 el número máximo de trabajadores que puede tener la empresa para solicitar las subvenciones.
Se amplían las actuaciones subvencionables introduciendo tres modalidades nuevas.
Simplificación de la documentación a presentar.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, siempre que tengan trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica
en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y realicen las inversiones objeto de subvención conforme a lo establecido en el presente Decreto en centros de trabajo situados en Extremadura.
Asimismo podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos enumerados en el artículo 3 de este decreto
y puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será como mínimo de 20 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de cada convocatoria de la subvención en el Diario Oficial de Extremadura.
Puedes consultar el contenido completo del Decreto 37/2016.